¿QUÉ SON LAS SUJECIONES MECÁNICAS Y FARMACOLÓGICAS?
Se considera una sujeción mecánica a cualquier procedimiento o método que, mediante un dispositivo material, equipo mecánico o físico, unido o atado al cuerpo de la persona usuaria, que no sea capaz de mover o retirar con facilidad, que deliberadamente limite la libertad de movimientos de todo o una parte del cuerpo o el acceso libre al propio cuerpo.
Mientras que hablamos de sujeción farmacológica o química cuando se hace uso de psicofármacos independientemente del grupo o familia utilizada y/o de sus dosis, que limiten o restrinjan la movilidad y comprometan las Actividades de la Vida Diaria (AVD), así como el funcionamiento mental (enlentecimiento del pensamiento), con el objetivo de controlar una conducta inadecuada o molesta (vagabundeo o deambulación extrema, rechazo de los cuidados, negación a realizar Actividades de la Vida Diaria, etc.), y siempre que no tiene su base en un trastorno psiquiátrico o médico diagnosticado, sino que se utilizan por conveniencias organizativas y no en beneficio de la persona.
Bien, ambos tipos de sujeciones son ampliamente utilizadas en diferentes instituciones de atención a personas dependientes.
¿POR QUÉ HEMOS PERMITIDO UN CUIDADO QUE VULNERA LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS?
Estamos asistiendo en los últimos años a un cambio importante en la concepción del cuidado de personas dependientes y el uso de sujeciones mecánicas y farmacológicas. Aunque es cierto que todavía queda mucho camino para conseguir que el cuidado de personas dependientes institucionalizadas sea totalmente libre de sujeciones.
El uso de sujeciones mecánicas ha sido siempre desde el ámbito institucional, protegido y consentido por gran parte de los agentes implicados; familias, profesionales y las propias personas usuarias.
Bien es cierto que en muchos de los casos se carecía de información necesaria para evaluar medidas tan drásticas y utilizarlas con tanta impunidad de manera cotidiana, incluso se ha tenido la convicción de sujetar a las personas usuarias por su bienestar, para evitar caídas o para intentar relajar a una persona con deambulación errante.
Dicho esto, es importante que entendamos que el uso de sujeciones solo debería utilizarse en casos de extrema urgencia cuando exista un peligro real para la propia persona o para otros.
Pero la realidad es que el uso de sujeciones siempre ha estado justificado por diferentes motivos y utilizado de manera habitual en el entorno instituciones. El cambio del cuidado empieza a vislumbrarse en algunos sectores e instituciones, pero aun así todavía queda mucho camino para llegar a él.
Por un lado, tenemos a las familias, que, ante el desconocimiento y las ideas erróneas concebidas durante mucho tiempo, han optado por sujetar o consentir que sujeten a sus familiares ante el miedo y temor a caídas o escapes.
Por otro a los profesionales, que siempre han tenido muchos reparos para dejar de utilizar estos sistemas, alegando desprotección en caso de accidente de la persona usuaria, falta de personal para cuidar a personas con estados de agitación o deambulación errante permanente, etc.
También hacemos frente a la falta de supervisión y legislación al respecto de las sujeciones, lo que ha hecho que su uso siga criterios poco estrictos basados en percepciones personales llenas de falta de objetividad y de veracidad de los beneficios.
Y por último, las propias personas usuarias a quienes a menudo les hemos hecho creer que es mucho más seguro para ellas estar atadas que sueltas.
CAMBIO DE CONCEPCION EN EL USO DE SUJECIONES
Todo esto nos da una idea del cambio de concepción y de ética del cuidado que debemos llevar a cabo, ya no como profesionales sino como sociedad en conjunto.
Los cuidados deben ser dignos en cualquier etapa del ciclo vital, y esa dignidad no es sinónimo de atar personas. La ética del cuidado como base del propio cuidado, debe ser el principio fundamental que sustente el mismo.
Con los datos con los que contamos en la actualidad podemos decir que nos encontramos con medidas utilizadas supuestamente para cuidar, que vulneran los derechos fundamentales de las personas y que además cuentan de manera objetiva con evidencias sobre los efectos secundarios que provocan en las personas dependientes; falta de movilidad, mayor agitación, aceleramiento del deterioro cognitivo, aislamiento, estados emocionales alterados y un largo etc.
Con todo ello solo podemos seguir trabajando por conseguir medidas alternativas, legislaciones exhaustivas, formación del personal e información veraz a familiares y personas dependientes, de manera que el uso de sujeciones se convierta en una práctica más propia de civilizaciones pasadas que de nuestro sistema de bienestar y cuidados a personas dependientes.
Si quieres más información sobre este tema no dudes en ponerte en contacto con nosotros o visitar nuestra web www.cenfortec.es donde podrás ver formación especifica sobre la eliminación de sujeciones en instituciones.
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